Este asunto es de lo más interesante para la inmensa mayoría de los que están rescatando el Plan, aquí se dan muchas variantes que es necesario conocer para evitar pagar una cantidad de impuestos que pueden evitarse poniendo los mejores conocimientos legales para pagar muy poco o apenas nada en IRPF.
Veamos algún ejemplo sencillo.
La desgravación que nos hicimos cuando estábamos trabajando era mayor en base a que la Base liquidable era mayor que ahora que cobramos una mediana pensión.
En caso de rescate por una viuda o viudo, que le queda una pequeña pensión, tiene que pagar mucho menos aún, suponiendo que la pensión de viudedad sea baja apenas tendrá que pagar.
El caso más complicado es el de las viudas que son antiguas telefónicas y el fallecido era también telefónico.
Aquí lo que se hace ya es ir rescatando el Plan del fallecido (por el que debe pagar IRPF) sumando la pensión de viudedad, el pequeño valor del rescate y su pensión de jubilación por ser trabajadora.
Aquí lo que se hace ya es ir rescatando el Plan del fallecido (por el que debe pagar IRPF) sumando la pensión de viudedad, el pequeño valor del rescate y su pensión de jubilación por ser trabajadora.
Como le sobra dinero para los gastos normales, al final del año aporta (la viuda) lo que le ha sobrado a su plan individual (normalmente contratado con un Banco) y que esta cantidad puede desgravársela, así resulta que la cantidad que rescata de su fallecido marido la pasa al suyo, es decir, que va caminando en el tiempo y el dinero rescatado por el que paga pasa al suyo personal por el que se lo desgrava,
Todo es normal y legal, no ha pagado un euro y ya tiene el plan de pensiones de su marido fallecido en el suyo.
Cuando la viuda precise el dinero acumulado en su Plan individual podrá utilizarlo si lo necesita, y si no puede, pasarlo al plan de sus hijos con el mismo procedi-miento, o sea, que va pasando sin pagar IRPF.
Quién dijo que no interesaban los Planes de pensiones porque al fin hay que pagar? Ya ven nuestros amigos que hay sobrada estrategia para no pagar siendo totalmente legal.
Para ver lo que se podría hacer hay que coger solo la calculadora y restar entre lo rescatado y vuelto a aportar al plan individual.
Si no lo entiende alguien este método, aquí mis teléfonos.
Tfno. 619388761 y 976537489 Enrique Bernad
Un post muy interesante. Aterriza un concepto que puede llegar a ser complicado de entender con un buen ejemplo, que es como mejor se entienden estos casos. Gracias por la explicación. Saludos.
ResponderEliminarGracias por tu comentario. Me alegra que ya hay alguien que me escucha y me gustaría que em llames para colaborar.
EliminarSiempre estaré al lado de todos los compañeros, sin reservas mentales. Seguiré superando barreras y ayudando. Un abrazo.