Objetivos

Este blog tiene el objetivo, de dar a conocer las actividades y facilitar la comunicación del grupo de Mayores Telefónica en Zaragoza, para animar a los compañeros a participar en ellas.

sábado, 19 de febrero de 2022

Doble fiscalidad del Plan de pensiones (III) SIN ABOGADO Febrero 2022

 Conseguimos ya cobrar una rectificación de autoliquidación SIN AYUDA DE ABOGADO que es el objetivo perseguido. Gracias a la generosidad de una compañera que nos ha faci-litado toda su información recibida de Hacienda hemos podido recuperar para ella algo más de 3870€.

Le facilitamos el modelo de carta solicitud y aportó los documentos que tenía, excepto las nóminas que NO SON IMPRESCINDIBLES.  A fin  de recuperar el  IRPF del  año 2016 presentó la solicitud los últimos días de junio 2021, esto básico, ahora ya no podría hacerlo porque ya ha prescrito y el 30 de junio próximo (2022) prescribirá el ejercicio de 2017 ......

En la certificación que emite la Comisión de control figura un valor alto en el Plan de Trans-ferencia y 0€ en Amortización del Déficit, caso único conocido por mi hasta ahora.  Aporta certificado del Seguro de Metrópolis, De Telefónica, Vida laboral, que ya tenía y  tenemos todos tras el recurso del 25% y el certificado de Fonditel donde figura la cantidad rescatada en el ejercicio 2016. Se hace la salvedad de que el rescate lo hace en forma de renta.

La AEAT le hace una paralela y termina en una regularización cuyo saldo a favor de nuestra compañera ha sido lo que figura al comienzo, un poco más de 3870€ y no se ha gastado ni un euro en esta gestión. No os parece bien este método de trabajo? No os gustaría recuperar una cantidad similar a cualquiera de vosotros? En caso afirmativo ya sabéis mis nºº de telé-fono.  

"En consecuencia, Hacienda estima parcialmente estimatoria en la que los rendi-mientos declarados en 2016 se ven minorados en las cuotas del Seguro Colectivo descontadas en nómina dado que han sido objeto de imputación fiscal estando ex-cluidas de tributación con el resultado a devolver de  3870€"

Esto es muy recortado de lo que dice Hacienda, además da una lista de  la legislación apli-cada que puede utilizarse para presentar ante  un gabinete  de abogados  especializados  y trabajar por nuestra parte para tomar nota de todos los compañeros que estén interesados en presentar solicitud de rectificación y con ello llegar a recuperar muchos miles de euros.

Os dejo mis teléfonos para que podáis llamarme cuando queráis sabiendo que el 30 de junio prescribirá el ejercicio económico de 2018 y ya no se podrá recuperar nada de la regulariza-ción. Otra consideración es que si nuestra compañera hubiera rescatado una parte en forma de capital hubiera conseguido una mayor cantidad al regularizar.

Esta información os puede servir para, con el modelo de Solicitud que va en este blog,  ha-gáis rápido la gestión de presentar en la Agencia Tributaria, donde presentáis la declaración anual, la documentación que se obtiene en pocas horas y vamos adelante. Se aconseja pre-sentar al menos dos casos por provincia para que toda la maquinaria de Hacienda se ponga en marcha que es la forma de llegar a conseguir más de 3000€ dependiendo de la cantidad rescatada.

Saludos.                             Enrique Bernad      Tfnos 619388761 y  976537489



Doble fiscalidad (II) Modelo solicitud


 

 

A LA AGENCIA TRIBUTARIA          DELEGACIÓN                          AGENC IA             

 

Expediente/referencia

                                                           ASUNTO:  Solicitud de rectificación de Autoliquidación

                                                                               del ejercicio de 202_    e ingresos indebidos

 

D/Dª                                                         , DNI                    , con domicilio en                                         provincia de                                ,    C.P.                    respetuosamente,

EXPONE:

1. Que en la declaración de IRPF del ejercicio 202_ declaré la cantidad de                    € en concepto de rendimientos dinerarios del trabajo debido a que no tuve en cuenta que una parte de esa cantidad corresponde a los derechos consolidados en el Plan de Pensiones de Empleo de empleados de Telefónica, que se me reconocieron en el ingreso en dicho Plan cuando se creó en 1-1-1992.

 2. Estos fondos proceden de las cuotas aportadas a un Seguro de Vida y Supervivencia así como los intereses generados por aquellas cuotas abonadas por los empleados.

 3. Mi relación laboral con Telefónica se inició en fecha                  nº matrícula                    y desde mi ingreso me adherí al Seguro Colectivo de Vida y Supervivencia de los empleados de Telefónica mediante la póliza nº 1278 de Metrópolis y certificado de Seguro nº                     , escala         cuya cobertura incluye los riesgos de accidentes, muerte y supervivencia.

 4. Al disolverse la mutualidad (ITP) se ofreció a los empleados la posibilidad de seguir con el Seguro de Supervivencia o adherirse al Plan de Pensiones de Empleados de Telefónica creado entonces (1-1-1992)  y la Comisión de Control del Plan reconoce mi aportación en dos conceptos, Plan de Transferencia                        y Plan de Amortización                     € cuyo certificado se aporta con esta solicitud.

 5. La documentación que adjunto espero que sea suficiente para resolver, por parte de la Agencia Tributaria, satisfactoriamente este recurso.

 SOLICITA:  La rectificación de la autoliquidación del ejercicio 202_  con la devolución de los ingresos indebidos  en mi cuenta bancaria:

                                                                       IBAN  ____________________________________

 

En                       a       de              de  2023             

                                                                                   

                                                                                       Firma: 

 

 

Documentación que se adjunta:

 

a) Declaración de la renta del ejercicio 202_  sólo esta por ahora.

b) Certificación por FONDITEL de la cantidad rescatada en el mismo ejercicio

c) Certificado de los Derechos por servicios pasados que solicitamos de Comisión de Control del Plan por correo electrónico en  info@pensetel.com  facilitando nombre y dos apellidos, DNI  y nº de  matrícula.

d) Nº de certificado del Seguro Colectivo

e) Certificación de rentas  (el que facilita la Seguridad Social)

f) Certificado de la Vida laboral obtenida después de la jubilación

g) Certificado de ingresos anuales, en caso de no disponer de nóminas, si disponemos de ellos

h) Boletín de adhesión al Plan

i)  Certificado de adhesión al Seguro Colectivo, póliza 1278, de Metrópolis

 

Notas.  1. El expediente/referencia  figura en la declaración de la renta modelo 100 al comienzo.

          2. Si la Agencia tributaria precisa las nóminas para calcular las primas que hemos abonado al Seguro Colectivo seremos cada uno el que las facilite, si las tiene; no obstante, el procedimiento para ver las primas pagadas puede hacerlo de forma autónoma.

          3. El certificado de Fonditel ya lo tenemos, nos lo envió para que declarásemos esta cantidad.

         4. Tengamos presente que la rectificación de la Renta de 2018 que podemos reclamar finaliza el 30 de junio de 2023, los rescates anteriores ya están prescritos.

 En caso que la Agencia nos pida documentación complementaria a la aportada ya nos pedirá  la que necesita. Aunque en este mes de agosto no podamos reunir toda la documentación que se relaciona aquí, es posible acudir a Hacienda aportando información complementaria al expediente abierto en el plazo correcto.

 

Esta segunda página es solo de información de la documentación, no es para entregar.