Estimad@s telefónic@s:
A través de las llamadas que recibo, sobre todo del resto de España, veo que existe una desinformación e ignorancia de las posibilidades que ofrecen los Planes de pensiones y los disgustos que tienen su origen en el descuido que existe muy generalizado en lo que respecta a la designación de los beneficiarios.
Nuestro Plan de Telefónica, que es un plan de empleo, tiene una perfecta organización, con su reglamento muy detallado y que apenas se conoce lo cuál es causa de casos que iremos comentando para estimular a nuestros compañeros que todavía no lo han rescatado que ya no quedamos muchos de los que alcanzamos los 80 años.
Haciendo historia iniciamos la andadura en enero de 1992. En aquel momento nos informaron que el plan ofrecía, al menos, la posibilidad de mantener el poder adquisitivo durante diez años, que, sumando la cantidad que nos ingresaban en el Plan para disfrutarlos después, alcanzaríamos los veinte años con un poder adquisitivo continuo. Entonces ese era el objetivo básico mantener 20 años el mismo poder adquisitivo.
Con esta filosofía se caminó viviendo al día sin pensar más que en vivir holgadamente en el orden económico y tras 30 años de prejubilado y jubilado está llegando el fruto de aquella filosofía.
Días pasados se dirigía una compañera, viuda recientemente, preguntando que podía hacer para seguir adelante cuando ha tenido que ir a una residencia que le cobran 1600 € cuando la pensión que le ha quedado es de 1000 € . Cómo se administra esta situación sin la ayuda del Plan de pensiones?
Os cuento otra historia que tiene su drama. Una compañera, viuda, no tenía su marido gestionado el tema de los beneficiarios y en este caso sabemos que en el Reglamento del Plan figuran en primer lugar los hijos, en segundo los padres del partícipe y en tercer lugar la esposa (nuestra compañera viuda).
A falta de testamento, los hijos se hacen cargo del saldo del Plan y como son muy buenos chicos van rescatando el plan y lo reparten a partes iguales. Así dan a su madre unos euros y con la mitad escasa de la pensión de viudedad y el poco dinero que le pasan sus hijos va viviendo. Ver lo importante que es entrar alguna vez en www.pensetel.com para ver la evolución del punto, esto es importante y pedir a la Comisión de control que nos informe sobre los beneficiarios que figuran en el plan para evitar futuros problemas.
Existe un grupo que rescataron el plan para comprar un apartamento en la playa o la montaña. Han hecho una inversión, ahí tienen un inmueble del que podrán disponer siempre que pudieran necesitarlo para complementar la pensión de viudedad, que siempre será pequeña.
Otro grupo que confiesa no tener sentido previsor que cuando llegue el problema, si llega, ya se acometerá la solución que proceda. (Este grupo es muy numeroso entre los muchos telefónicos que conozco). Difícil solución del problema cuando se produce en una etapa de la vida en que es muy complejo desenvolverse debido al problema que existe en el trabajo para los hijos.
Vamos con otros compañeros que están sin información detallada, estos son los más numerosos, que me explican: "Yo no quiero invertir en el Plan de pensiones porque al rescatarlo hay que pagar el IRPF". Claro que hay que pagar IRPF; sin embargo, cogiendo la calculadora nos damos cuenta de que la inversión durante la época laboral desgrava en el % que nos dice la escala de gravamen, siempre más alta porque ganamos más y al jubilarnos con una cantidad menor siempre pagaremos menos IRPF, es decir, es una operación especulativa dentro de la legalidad. Esto es más visible cuando la viuda cobra la pensión de viudedad que es aproximadamente la mitad que cuando vivían los dos cónyuges.
Esto se comprueba cuando se hace uno mismo la declaración de la renta, quizá el problema es que apenas hay personas mayores, incluso jóvenes, que saben hacer su declaración, lo que trae el inconveniente que no saber en que términos económicos se mueve cada uno. Para todos estos problemas la mejor solución es la información, es la base para solucionar todos los problemas que comento.
Problema que genera el Reglamento del Plan. Artº 10. Estudiarlo con detenimiento y veréis el jugo que puede sacarse de él cuando se está informado y yo os cuento lo que ocurre, con frecuencia, cuando no se tiene ordenado los beneficiarios. Esto ocurre con mucha frecuencia debido a que en el momento de la adhesión al Plan en el año 1992 se puso a la esposa como beneficiaria y ya no se ha preocupado nunca más de regular los beneficiarios; pero ......... ojo con esto. Si la esposa que figura como beneficiaria muere o existe un divorcio y además el partícipe del plan no se ha preocupado de actualizar.....
Qué ocurre cuando hay que hacerse cargo como beneficiario en este caso. Si el partícipe dejó en testamento los beneficiarios con igual o distinto criterio del que figura en el Plan? Problemas todos los que queramos sí no ponemos atención.
Y como eludimos pagar a Hacienda una buena parte del IRPF que nunca volverá a nuestra cuenta corriente? Esto es muy sencillo. Invertir en el plan de pensiones de Telefónica o en otro que puede abrirse en un Banco.
Cuando una compañera queda viuda y su marido tenía un plan de pensiones de Telefónica u otro abierto en un Banco y ella también. Cómo se hace para no pagar IRPF del que rescata del cónyuge?
Esto se hace así. La viuda va rescatando el Plan de su marido y lo suma en su declaración de la Renta como rendimientos del trabajo; pero ....... ese mismo dinero rescatado lo invierte en el suyo y aquí se desgrava, con lo cual ya veis de que forma tan sencilla y además legal la viuda pasa el dinero del Plan de su difunto marido sin pagar impuesto. (Tengo la satisfacción de informaros que ya conozco a quien utiliza este método y es ideal) Naturalmente, esta viuda pagará IRPF cuando la cantidad que rescata es mayor que la invertida en su Plan.
Quedáis informados de la forma en que explico al grupo de los que alegan que no quieren invertir en planes de pensiones porque al final hay que pagar el IRPF. Todo es estar informado, y cada año hay que repasar los Presupuestos Generales del Estado y la Ley del IRPF ya que siempre está sujeto todo a los Presupuestos Generales, por ej. en 2021 solo podemos invertir con desgravación 2000€ cuando en 2020 pudimos invertir hasta 8000€.
Sobre las reclamaciones que tenemos pendientes con Hacienda ya hablaremos en otro spot (entrada) que aquí si que hay trabajo por hacer. Para ello he solicitado una página en la revista AL HABLA y pedir que en cada provincia hay que tener al menos un socio que le guste trabajar en el tema económico que daría muchísimo dinero.
Si alguien que lea este spot quiere colaborar conmigo, aquí le dejo mis teléfonos con el ofrecimiento de atender cada día, incluidos los días festivos.
Seguiremos informando, recibir un cordial saludo. Enrique Bernad Mainar Tfno. 619388761
" 976537489
Zaragoza 1 abril 2021
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