¿Cuánto me tendrán que devolver?
Puede que
alguna vez, te hayas hecho esta pregunta
¿Cuánto
me tendrán que devolver?
Seguro
que tod@s nos hemos hecho alguna vez esta pregunta, el criterio del Grupo de
Mayores de Zaragoza en este asunto es informar, avisando que Hacienda todavía
no ha dicho oficialmente nada.
Pero
te podemos ayudar, a que calcules cuánto va a ser el mínimo que te
tienen que devolver cada año, de acuerdo a lo que creemos saber hoy.
La suposición
más extendida, es que Hacienda para calcular la parte de la pensión que
corresponde a las cuotas pagadas a la ITP usará la fórmula:
Días
cotizados a la ITP / Total días vida laboral
Si
has seguido los comunicados 1, 2 y 3, tienes en tu poder, o tendrás en breve,
el certificado de ITP, el Informe de Vida Laboral y tienes localizado los
Certificados de Renta que cada año nos envía la Seguridad Social.
Comenzamos:
En
el Informe de Vida Laboral figura el número de días trabajados, lo
llamaré: DIASTRB
Para
saber el número de días cotizados a la
ITP, suma los días que figuran en el Informe de Vida Laboral desde tu ingreso
en la Telefónica, hasta los de la FECHA DE BAJA 17.05.1977 incluidos, a esos les sumas 593
días que son los que faltan hasta el 31/12/1978, lo llamaré: DIASITP
De
uno de los Certificados de Renta de los años 2013, 2014, 2015 o 2016 apunta el
importe íntegro de tu pensión, lo llamaré PENSION.
De
ese mismo certificado apunta las retenciones, lo llamaré RETENCION.
El
cociente RETENCION / PENSION, multiplicado por 100, lo
llamaré %IMPUESTO.
Ahora
haces las cuentas:
DIASITP
/ DIASTRB = 0,abcd
0,abcd X
PENSION = part,itp (parte de la pensión correspondiente a la
ITP)
part,itp X
25% = redu,c i (cantidad que debes reducir de tu
pensión al declararla)
redu,ci X %IMPUESTO = devolución
devolución
es la cantidad mínima a devolver ese año, corresponde al impuesto que te ha
retenido Hacienda por la cantidad que no tenías que haber declarado, la
cantidad real es algo mayor dependiendo de la declaración de renta, si es
conjunta, si has tenido ingresos procedentes de otras fuentes, etc.
Se
que expresado con letras es lioso, a continuación coloco un ejemplo con
los datos reales de un compañer@, que no ha tenido inconveniente en que se
publiquen.
Ejemplo
con datos reales:
Comienzo
vida laboral 01/07/1964
Comienzo
en Telefónica 18/04/1967
Nº
días vida laboral
17054 (DIASTRB)
Nº
días cotizados ITP 3858 (DIASITP)
Importe
integro pensión 34278,18
€ (PENSION)
Retenciones
practicadas 7196,70
€ (RETENCION)
LAS
CUENTAS
7196,70
/ 34278,18 = 0,21
0,21 X
100 = 21% (%IMPUESTO)
3858 / 17054
= 0,2262 (0,abcd)
0,2262
X 34278,18 = 7753,72 € (part,itp)
7753,72
X 25% = 1938,43€ (redu,ci)
1938,43 X 21%
= 407,07€ (devolución)
407,07 euros es la devolución mínima
que le corresponde al año de la pensión objeto del cálculo, ya que corresponde
a la cantidad que le han retenido de más.
Si
realizas este cálculo con tus datos, tendrás algo más en que basarte para tomar
tu decisión de reclamar ante Hacienda.
Todavía
no se sabe como Hacienda querrá que se presenten las reclamaciones, si ordenará
un procedimiento especial para todos los afectados, sea cual sea su provincia,
o si cada Agencia Tributaria Provincial irá por libre.
Seguiremos
informando conforme se desarrollen los acontecimientos, no apresurarse, esto
puede dilatarse en el tiempo.
Hola, ¿alguien podría decirme a qué se refiere en la solicitud de ITP el número de 6 dígitos de la matrícula?
ResponderEliminarMuchas gracias.
Si tu matricula es de cinco cifras se añade un cero delante, las matriculas mas recientes eran de seis digitos 1XXXXX
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